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Ayudas para la rehabilitación de viviendas entre personas trabajadoras

[PLAZO DE PRESENTACIÓN: PRÓXIMA APERTURA]. Rehabilitación de viviendas destinadas a vivienda habitual donde ejecutar obras de rehabilitación, terminación y/o ampliación
rehabilitación de viviendas para personas trabajadoras

Mejoras en la accesibilidad, conservación, habitabilidad y eficiencia energética

El objetivo de estas ayudas es la rehabilitación de viviendas destinadas a vivienda habitual, en régimen de alquiler o cesión de uso, a personas trabajadoras que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo con empresas que dispongan de centros de trabajo en Galicia.

¿A quién se destina?

  • Empresas con centros de trabajo en Galicia que dispongan de viviendas, y que vayan a ser destinadas a la vivienda habitual de personas trabajadoras con las que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo.
  • Personas Físicas o Jurídicas que dispongan de viviendas y que tengan subscrito con alguna de las empresas anteriores, el oportuno instrumento jurídico donde acuerden destinar la vivienda a rehabilitar a vivienda habitual de personas que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo con esa empresa.
  • Ayuntamientos que dispongan de viviendas y que tengan subscrito con alguna de las empresas anteriores, el oportuno instrumento jurídico donde acuerden destinar la vivienda a rehabilitar a vivienda habitual de personas que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo con esa empresa.

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Ejecución de obras de rehabilitación, terminación y/o ampliación de viviendas.
  • Dentro de las actuaciones de rehabilitación, se entienden incluidas: accesibilidad, conservación, habitabilidad, sostenibilidad y eficiencia energética de las viviendas.
  • Honorarios de los profesionales que intervengan, los informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados.
  • La contratación de un seguro de impago del alquiler o cesión de uso sobre la vivienda objeto de la actuación.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

  • Vivienda unifamiliar: Hasta 95% de ayuda con máximos hasta 75.000 € según tipo de beneficiario.
  • Edificios residenciales colectivo: Hasta 95% de ayuda con máximos de 30.000 € por vivienda
  • El límite máximo por vivienda rehabilitada se incrementará en 1.000 € si la vivienda unifamiliar o el edificio residencial colectivo a rehabilitar estén situados en un área Rexurbe.

Plazo de presentación

Próxima apertura, desde el 16 de mayo al 15 de julio del 2026.

¿Cómo puedo solicitarla?

Si estás interesado en las ayudas a la rehabilitación de viviendas para personas trabajadoras TR358E y TR358F, contáctanos a través de info@avansum.com o si lo prefieres en el formulario adjunto.

 

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O si lo prefieres contáctanos a través de info@avansum.com   o telefónicamente en el 986 12 81 82.

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