986 128 182
info@avansum.com

Ayudas para la rehabilitación de viviendas entre personas trabajadoras

[PLAZO DE PRESENTACIÓN: 15 DE JULIO]. Rehabilitación de viviendas destinadas a vivienda habitual donde ejecutar obras de rehabilitación, terminación y/o ampliación
rehabilitación de viviendas para personas trabajadoras

Mejoras en la accesibilidad, conservación, habitabilidad y eficiencia energética

El objetivo de estas ayudas es la rehabilitación de viviendas destinadas a vivienda habitual, en régimen de alquiler o cesión de uso, a personas trabajadoras que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo con empresas que dispongan de centros de trabajo en Galicia.

¿A quién se destina?

  • Empresas con centros de trabajo en Galicia que dispongan de viviendas, y que vayan a ser destinadas a la vivienda habitual de personas trabajadoras con las que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo.
  • Personas Físicas o Jurídicas que dispongan de viviendas y que tengan subscrito con alguna de las empresas anteriores, el oportuno instrumento jurídico donde acuerden destinar la vivienda a rehabilitar a vivienda habitual de personas que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo con esa empresa.
  • Ayuntamientos que dispongan de viviendas y que tengan subscrito con alguna de las empresas anteriores, el oportuno instrumento jurídico donde acuerden destinar la vivienda a rehabilitar a vivienda habitual de personas que tengan subscrito o suscriban contrato de trabajo con esa empresa.

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Ejecución de obras de rehabilitación, terminación y/o ampliación de viviendas.
  • Dentro de las actuaciones de rehabilitación, se entienden incluidas: accesibilidad, conservación, habitabilidad, sostenibilidad y eficiencia energética de las viviendas.
  • Honorarios de los profesionales que intervengan, los informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados.
  • La contratación de un seguro de impago del alquiler o cesión de uso sobre la vivienda objeto de la actuación.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

  • Vivienda unifamiliar: Hasta 95% de ayuda con máximos hasta 75.000 € según tipo de beneficiario.
  • Edificios residenciales colectivo: Hasta 95% de ayuda con máximos de 30.000 € por vivienda
  • El límite máximo por vivienda rehabilitada se incrementará en 1.000 € si la vivienda unifamiliar o el edificio residencial colectivo a rehabilitar estén situados en un área Rexurbe.

Plazo de presentación

Abierto, hasta el 15 de julio del 2026.

¿Cómo puedo solicitarla?

Si estás interesado en las ayudas a la rehabilitación de viviendas para personas trabajadoras TR358E y TR358F, contáctanos a través de info@avansum.com o si lo prefieres en el formulario adjunto.

 

¿Te interesa esta subvención?

Si estás interesado en este Programa completa el formulario de contacto y nos pondremos en contacto contigo.

O si lo prefieres contáctanos a través de info@avansum.com   o telefónicamente en el 986 12 81 82.

Compartir

OTRAS AYUDAS

Suscríbete a nuestra newsletter

TE MANTENEMOS AL DÍA DE TODAS LAS AYUDAS Y SUBVENCIONES